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¿Es posible buscar la felicidad?

¿Es posible buscar la felicidad?

La pregunta de las mil y una noche

En el año 2006 se estrenó una película titulada “En Busca de la felicidad”, protagonizada por Will Smith quien personificó a Chris Gardner, un padre soltero, desempleado y con una suma de fracasos; que luego llegaría a ser un gran empresario. Esta película está basada en la vida real de este gran filántropo y motivador estadounidense que ha logrado inspirar a mujeres y hombres de diferentes estatus para que alcancen la tan anhelada FELICIDAD.

Si bien la película muestra una parte de todo lo que tuvo que superar este hombre junto a su hijo para llegar hasta donde está hoy; presenta una tentación a la que se enfrenta todo ser humano: Buscar en las cosas, buscar fuera de si y en los éxitos la felicidad. 

En una de las escenas de esta película Chris se pasea entre el mar de gente a la que él admiraba por la felicidad que irradiaban y se preguntaba ¿Qué era lo que los hacía sentir así? Pregunta que se hace toda aquella persona que no sabe si es feliz o qué es eso de la felicidad.

En la escena final aparece el protagonista feliz aplaudiendo y celebrando el logro alcanzado, el haber vencido tantos obstáculos y estar en el lugar que deseaba con todo el corazón. Era parte de ese mar de gente feliz.

Entonces, ¿quiere decir según el planteamiento de esta película que la felicidad radica en alcanzar las metas, en obtener estatus, en vencer las dificultades, en demostrarte y demostrarle a los demás lo que eres capaz de hacer?. 

Pudiéramos decir que sí, suena bien, suena bueno. Pero,  ¿y si pensamos verdaderamente qué es eso de ser feliz, qué es la felicidad?. 

Existen diferentes definiciones. Hay quienes dicen que la felicidad plena no existe, que lo que se dan son momentos felices. Otros dicen que es una simple utopía que el ser humano mantiene toda su vida sin saber si logra alcanzarla. Pero, hay nuevas filosofías que comparten que la felicidad es una DECISIÓN que va mucho más allá de lo que logras, tienes o haces. Que es una fuerza vital que se da luego que la persona logra entender la trascendencia e importancia de la vida.

El mundo nos ha vendido que para ser feliz necesitas un sinfín de cosas o de situaciones resueltas. Serás feliz cuando te gradúes, serás feliz cuando tengas el trabajo de tus sueños, serás feliz cuando tengas la pareja que esperas, cuando… Y así se va condicionando la felicidad. 

¿Y si trabajamos primero por ser felices, por alcanzar la aceptación de quienes somos y de lo que ya tenemos y el mundo de posibilidades que podemos alcanzar con todos los dones que poseemos?. 

¿Y si aprendemos a agradecer más que a lamentarnos o quejarnos, si somos más responsables que víctimas y comenzamos a mirar la vida como un número infinito de oportunidades. Hasta cuando suceden acontecimientos inesperados y adversos; porque ellos nos permiten probar el material creativo del que estamos hechos.

La felicidad es ciertamente una decisión, eso nos demuestra Chris Gadner en la película. Saber que no es la ausencia de dificultades lo que hará que tengamos una vida feliz, sino el sabernos una creación maravillosa capaz de reinventarse, con una fuerza interna que se puede potenciar en medio de la dificultad si así lo decidimos. 

En estos tiempos donde estamos rodeados de tantas noticias desalentadoras, de tanta muerte, de tanto dolor, aunque parezca duro decirlo “HAY QUE SER FELIZ” en honor a nosotros mismos que seguimos transitando en este plano y que seguimos con la misión de vida intacta y en honor a los que se fueron deseando ser feliz o continuar con la felicidad alcanzada.

Fuimos creados para hacer y alcanzar muchas cosas, eso viene en nuestro ADN, pero lo más importante es que vinimos a este plano por el tiempo que sea a SER felices. 

Si aún estás postergando tu felicidad esperando que sucedan cosas para serlo, ya no pierdas más el tiempo, SÉ FELIZ y todo lo que deseas llegará por añadidura y podrás disfrutarlo. 

Hay quienes tienen de todo y no son felices. Entonces hay que ser felices para disfrutar de todo. 

Eva Navarro Cuarte
Compromiso Migrante
Mayo 2021

Cuando se tiene un hijo, se tienen  todos los hijos del mundo

Cuando se tiene un hijo, se tienen todos los hijos del mundo

“Cuando se tiene un hijo, se tienen  todos los hijos del mundo…» 

Con esta frase célebre del Poeta venezolano Andrés Eloy Blanco deseamos compartir el sentir de muchos hombres y mujeres.

En la migración forzada de los venezolanos que huyen de su país, la peor  parte la llevan los niños. Pequeños que pasan hambre, que sufren de desnutrición severa, que por la desesperación de sus padres por preservar su vida y la de ellos mismos pasan de país en país buscando una vida mejor.

Hijos e hijas que son arrancados de sus escuelas, de sus parques, de sus amigos; para atravesar desiertos o campos minados, que muchas veces ven morir a sus padres o que ellos mismos pierden la vida en el trayecto.

Hoy, como mujer y madre, escucho el grito silencioso de esos niños a quienes se les violan todos sus derechos y me permito ser una voz que clama por su derecho a ser escuchados por los gobiernos del mundo, tal como reza La Convención sobre los derechos del niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, ratificada y puesta en práctica a partir de 1990 por más de 20 países, entre ellos Chile.

Al aprobar la Convención, la comunidad internacional reconoció que, a diferencia de los adultos, las personas menores de 18 años necesitan una atención y protección especial.

Chile ratificó este convenio internacional el 14 de agosto de 1990, el que se rige por cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección, así como su participación en decisiones que les afecten.

Según esa declaración  el niño tiene derecho a un nombre y una nacionalidad.

Desde la ONG Compromiso Migrante vemos con preocupación como algunos funcionarios del Registro Civil condicionan el asiento del Certificado  de Nacimiento de un niño nacido en Chile al estatus migratorio del padre o la madre, seguramente por desconocimiento de que Chile es firmante de la Convención de Derechos del Niño. 

No venimos a este país a fijar reglas, ni a exigir derechos, venimos a aportar y a trabajar; pero también a educar y visibilizar las cosas que como sociedad no estamos haciendo bien.

Sabemos que son casos aislados y hacemos un llamado de alerta para corregir esas prácticas equivocadas para con nuestros niños, porque ellos necesitan de nuestra protección y acogida. Sabemos que ha sucedido con niños de padres venezolanos, pero esta alerta es para que «TODO» niño nacido en tierras chilenas goce de su derecho a la identidad y nacionalidad.

Eva Bracamonte

Compromiso Migrante

 

 

La Nueva Ley de Migración

La Ley de Migración chilena data de 1975 y el flujo migratorio actual dista mucho del de hace apenas unos 5 años atrás.

Así que la discusión de un nuevo proyecto de Ley sobre la materia se hacía necesario ante un Estado pasivo frente al desproporcionado aumento del flujo migrante.

Chile convertido de ser un estado emigrante a un estado receptor, un país sin cifras exactas, 2 proyectos de ley engavetados en La Cámara de Diputados y sin una infraestructura institucional para enfrentar la nueva realidad.

Así que uno de los grandes desafíos del Gobierno fue una nueva legislación migratoria; el otro gran desafío es la modernización institucional del sistema de trámites.

En ambos casos se ha avanzado mucho, quedando pendiente la promulgación de La Ley, por parte del presidente de La República, la cual ya se encuentra en su fase legislativa final

En el proceso de modernización se han dado grandes pasos. Y aunque aún quedan muchas fallas por resolver, se espera que este nuevo marco normativo ayude a minimizar esas fallas.

Estamos muy atentos a la promulgación de la Ley que trae consigo en sus disposiciones transitorias un proceso de regularización para todas aquellas personas que entraron por paso habilitado y se encuentran de manera irregular por diferentes circunstancias.

Duración del pasaporte

Duración del pasaporte

El Reglamento que establece las normas para la expedición, renovación y prórroga de pasaportes venezolanos, que salió publicado en La Gaceta Oficial Nº 42.092 de La República Bolivariana de Venezuela el pasado 22 de marzo de 2021 entró en vigencia la semana pasada.

El Decreto No. 4571 de La Presidencia de La República que dicta dicho Reglamento establece en su artículo 24 que:

Artículo 24º. La vigencia del Pasaporte Ordinario será de acuerdo a los siguientes casos:

  1. Tres (3) años de vigencia para los niños y niñas menores a tres (3) años de edad.
  2. Cinco (5) años de vigencia para los niños, niñas y adolescentes mayores de tres (3) años y menores de dieciocho (18) años de edad.
  3. Diez (10) años de vigencia para los venezolanos y venezolanas a partir de los dieciocho (18) años de edad.

Prórroga de la vigencia del pasaporte

Artículo 29º. Cuando el Pasaporte Ordinario otorgado a un ciudadano o ciudadana se encuentre en óptimas condiciones físicas que permitan prolongar la vida útil del documento, podrá extenderse por una (1) sola vez y por un período máximo de cinco (5) años, el tiempo de vigencia del mismo una vez éste se haya vencido.

La prórroga contendrá los mismos datos y registro biométrico.

El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de identificación establecerá los mecanismos necesarios para extender la vigencia de los pasaportes sin quebrantar los elementos de seguridad del documento.

Excepciones a la prórroga

Artículo 30º. La vigencia del pasaporte no podrá ser prorrogada en los siguientes casos:

  1. Cuando se trate de los pasaportes otorgados a niños o niñas con edad igual o menor a nueve (9) años.
  2. Cuando el pasaporte se encuentre en condiciones físicas que imposibiliten la extensión de su vida útil.
  3. Cuando las condiciones del documento no permitan la plena identificación de la persona.
  4. Cuando el pasaporte haya sido inhabilitado.

Certificado de Permanencia Definitiva

Si obtuvo el beneficio de Permanencia Definitiva desde el 01/01/2019 en adelante, puede descargar el “Certificado de Permanencia Definitiva Digital con ClaveÚnica” cuantas veces quiera, ingresando en el portal tramites.extranjeria.gob.cl.

Después de descargar el Certificado de Permanencia Definitiva por primera vez, deberá obtener su Cédula de Identidad en el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Recuerde que, si obtuvo Permanencia Definitiva en una fecha anterior al 01/01/2019 y extravió el Certificado, puede obtener un duplicado, mediante una solicitud digital en tramites.extranjeria.gob.cl, seleccionado la opción Duplicado de Certificado de Permanencia Definitiva.

El trámite se realiza con Clave Única.

Previamente debe ingresar a comisariavirtual.cl y solicitar una constancia de perdida de Certificado de Permanencia Definitiva.

En caso de representar a un menor de edad, deberá adjuntar la Partida de nacimiento apostillada o el documento que pruebe el vínculo con el menor. 

El duplicado del Certificado estará disponible, luego de recibir la notificación en su correo electrónico y deberá descargarlo desde tramites.extranjeria.gob.cl en la sección: Certificado de Permanencia Definitiva. Este duplicado no es necesario registrarlo ni en PDI, ni en Registro Civil.

Recuerde que todos los documentos a adjuntar deben estar en formato PDF

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